NORMATIVA POR PAÍS
Normativa de drones en España
El marco de la categoría abierta es europeo, pero cada Estado conserva el mando sobre puntos decisivos, y ahí es donde están las malas sorpresas. Esto es lo que se aplica realmente en España, verificado en las fuentes oficiales nacionales.
En resumen
Registro del operador
- El registro recae sobre el operador, no sobre el aparato: es obligatorio a partir de 250 g, o con cualquier peso si el dron lleva una cámara o un sensor de datos personales. Solo un juguete sin sensor queda exento.
- Autoridad competente: Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
- El trámite es gratuito.
- El registro debe renovarse cada 3 años.
- El número de operador recibido debe colocarse en cada uno de sus drones.
Formación del piloto
- El certificado A1/A3 se obtiene mediante formación y examen en línea. El trámite es gratuito.
- El certificado A2 exige el certificado A1/A3, una autoformación práctica declarada y, después, un examen teórico adicional realizado en línea con telesupervisión.
- Estos títulos tienen una validez de 5 años y están reconocidos en toda la Unión Europea.
Vuelo nocturno
El vuelo nocturno está permitido en categoría abierta, siempre que el dron lleve una luz verde intermitente. El resto de reglas son las mismas que de día, empezando por el vuelo a la vista.
Seguro
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio en la subcategoría A2, en las categorías específica y certificada, y para toda aeronave de 20 kg o más. No se exige en A1 ni en A3 por debajo de 20 kg.
Edad mínima
- 12 años en la subcategoría A1 con un dron de clase C0 que no sea un juguete.
- 14 años en los demás casos de la categoría abierta.
Identificación a distancia
No existe ninguna obligación nacional de señalización electrónica: la identificación a distancia deriva únicamente de la clase del dron (C1, C2, C3).
Zonas geográficas
El techo general de 120 m puede rebajarse, y algunas zonas están prohibidas o sujetas a condiciones: aeropuertos, instalaciones militares, espacios naturales protegidos, lugares sensibles. Estas restricciones cambian: consulte la herramienta oficial antes de cada vuelo.
ENAIRE DronesSanciones
El incumplimiento más habitual, la falta de registro, se sanciona con una multa de hasta 45.000 €. Otras infracciones (vuelo en zona prohibida, puesta en peligro) tienen sanciones propias, en ocasiones más severas.
Particularidades de España
- Para volar en entorno urbano es obligatoria una comunicación previa a las autoridades con 5 días de antelación como mínimo, y está prohibido sobrevolar edificios y domicilios.
- El entorno urbano se entiende en sentido amplio: se extiende verticalmente hasta 300 metros por encima del obstáculo más alto situado en un radio de 600 metros.
- Un dron de clase C1 de 250 g o más debe mantenerse a 5 metros como mínimo de edificios y domicilios, incluso cuando el vuelo se realiza fuera de esas zonas.
- El número de operador debe ser legible a simple vista con el dron en tierra; puede figurar en el compartimento de la batería si el aparato es demasiado pequeño.
Preguntas frecuentes
¿Se puede volar un dron de noche en España?+
El vuelo nocturno está permitido en categoría abierta, siempre que el dron lleve una luz verde intermitente. El resto de reglas son las mismas que de día, empezando por el vuelo a la vista.
¿Hay que registrar el dron en España?+
El registro recae sobre el operador, no sobre el aparato: es obligatorio a partir de 250 g, o con cualquier peso si el dron lleva una cámara o un sensor de datos personales. Solo un juguete sin sensor queda exento. Autoridad competente: Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). El trámite es gratuito.
¿Es obligatorio el seguro en España?+
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio en la subcategoría A2, en las categorías específica y certificada, y para toda aeronave de 20 kg o más. No se exige en A1 ni en A3 por debajo de 20 kg.
¿A partir de qué edad se puede pilotar un dron en España?+
12 años en la subcategoría A1 con un dron de clase C0 que no sea un juguete. 14 años en los demás casos de la categoría abierta.
¿Necesita mi dron señalización electrónica en España?+
No existe ninguna obligación nacional de señalización electrónica: la identificación a distancia deriva únicamente de la clase del dron (C1, C2, C3).
Véase también
Fuentes oficiales
- Categoría abierta A1/A2/A3 — AESA
- Real Decreto 517/2024 (texte consolidé) — BOE
- Ley 21/2003 de Seguridad Aérea (sanctions) — BOE
- Zonas geográficas de UAS — ENAIRE
Información orientativa, elaborada a partir de las fuentes oficiales citadas. No sustituye la consulta de las zonas geográficas y de las restricciones temporales antes de cada vuelo.
¿Y para su dron en concreto?
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