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Dron de menos de 250 gramos: lo que dice realmente la ley

Un dron de menos de 250 g escapa a muchas obligaciones, pero no a todas. Subcategoría A1, registro de operador, formación, identificación a distancia: lo que dice el reglamento europeo y lo que cambia según el país.

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Un dron que pesa menos de 250 gramos escapa a muchas obligaciones, pero desde luego no a todas. Entre los mitos que circulan («sin carnet», «ninguna regla») y lo que realmente dice el reglamento europeo, la diferencia es considerable. Esto es lo que dice la ley: primero la base común a toda la Unión Europea, después lo que cambia de un país a otro.

«Menos de 250 g»: un umbral clave, pero no un salvoconducto

El umbral de los 250 gramos es la cifra más conocida de la normativa de drones, y con razón: determina buena parte de sus obligaciones en la categoría abierta (el régimen recreativo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, aplicable en toda la Unión). Quedarse por debajo aligera notablemente el marco.

Pero cuidado con el atajo más extendido: «menos de 250 g» no significa «ninguna obligación». Es incluso el error más frecuente. Un dron ligero sigue siendo una aeronave, sujeta a normas de seguridad, de protección de datos y, muy a menudo, a un trámite administrativo que la mayoría de los usuarios pasa por alto: el registro del operador.

A1: la subcategoría de su dron ligero

En la categoría abierta, un dron de menos de 250 g pertenece a la subcategoría A1. Es la más permisiva: tolera el sobrevuelo ocasional y no intencionado de personas aisladas, lo que no significa que se pueda apuntar a la gente, y el sobrevuelo de concentraciones de personas sigue estando prohibido en todo caso.

Como en cualquier vuelo de la categoría abierta, algunas reglas básicas no son negociables:

C0 o sin marcado de clase: dos familias, un mismo terreno de juego

No todos los drones de menos de 250 g son iguales sobre el papel. Existen dos familias, y ambas vuelan en A1.

El dron con marcado de clase C0

Desde la armonización europea, los drones nuevos llevan un marcado de clase (C0 a C6). Un dron conforme de menos de 250 g recibe el marcado C0. Es el caso de la mayoría de los aparatos de consumo recientes de esta gama de peso.

El dron sin marcado de clase

Muchos drones vendidos antes de la plena entrada en vigor del marcado no tienen ninguna clase. Un aparato así de menos de 250 g puede volar en las condiciones de la subcategoría A1 (por encima de 250 g le corresponde la A3).

Atención, sin embargo, a una condición que rara vez se menciona: volar en categoría abierta exige un dron que lleve marcado de clase C0 a C4, o que haya sido construido para uso propio, o que haya sido comercializado antes del 1 de enero de 2024. Un dron sin marcado vendido después de esa fecha no cumple ninguna de las tres condiciones.

Otro punto práctico: en un dron sin marcar ningún fabricante declara una masa máxima certificada. Pese su aparato (con batería y accesorios montados) para saber de qué lado de los 250 g se encuentra.

En resumen: C0 o sin marcado admisible, por debajo de 250 g, se vuela en A1.

De qué está realmente exento por debajo de 250 g

Aquí es donde el umbral de los 250 g resulta más útil. Con un C0 o un aparato sin marcar admisible de menos de 250 g:

El registro del operador: la obligación que todo el mundo olvida

Es el punto peor entendido. Se suele creer que un dron ligero exime de cualquier trámite. Falso.

En toda la Unión, el registro recae sobre el operador (usted), no sobre el aparato. Es obligatorio en cuanto el dron lleva una cámara o un sensor capaz de captar datos personales, sea cual sea su peso, incluido por debajo de 250 g. Como prácticamente todos los drones recreativos de esta gama son… drones con cámara, prácticamente todos deben registrarse.

La única excepción real es el juguete en sentido estricto: un aparato diseñado y marcado como juguete, sin cámara ni sensor.

Dos puntos prácticos:

El organismo y la plataforma cambian según el país: véase la tabla más abajo.

Las reglas que se aplican de todos modos

Aligerar no es suprimir. Incluso con un dron diminuto:

Lo que cambia según el país

El marco expuesto más arriba es europeo. Los puntos siguientes, en cambio, dependen de cada Estado: son las divergencias con las que más a menudo tropiezan los pilotos que viajan.

Francia Alemania España
Vuelo nocturno Prohibido en categoría abierta, incluso con dispositivos luminosos (cabe una exención de la prefectura, solicitada con 30 días de antelación como mínimo) Permitido, con el dron equipado con una luz verde intermitente Permitido, con el dron equipado con al menos una luz verde intermitente
Registro del operador Ante la autoridad de aviación civil — gratuito Ante la oficina federal de aviación — de pago (20 € para un particular) Ante la agencia estatal de seguridad aérea — gratuito, renovable cada 3 años
Seguro de responsabilidad civil No obligatorio para uso recreativo (revise las cláusulas de su póliza) Obligatorio para todo dron, sin umbral de peso; hay que llevar el justificante No obligatorio en A1 ni en A3 por debajo de 20 kg; obligatorio en A2 y a partir de 20 kg
Edad mínima del piloto 14 años 16 años (no se rebajó el umbral europeo) 12 años en A1 con un C0; 14 años en los demás casos de la categoría abierta
Señalización electrónica nacional Sí, por encima de 800 g, además de la identificación ligada a la clase No: solo se aplica la identificación a distancia ligada a la clase No: ídem
Formación A1/A3 Formación y examen gratuitos Material de formación gratuito, certificado de pago (25 €) Formación y examen gratuitos
Sobrevuelo de viviendas Reglas generales de la categoría abierta Prohibido sin permiso del propietario, salvo drones de 250 g o menos sin capacidad de grabación, o vuelo a 100 m de altura como mínimo Comunicación previa a las autoridades (5 días como mínimo) para volar en entorno urbano, y prohibición de sobrevolar edificios y domicilios

Hay algo que no cambia: su registro de operador y sus certificados de formación son válidos en toda la Unión. Lo que cambia de un país a otro son las reglas de uso, no sus títulos.

El detalle completo, país por país : Francia · Alemania · España

Esta información se facilita a título orientativo y puede cambiar. Antes de cada vuelo, compruebe las reglas vigentes en las fuentes oficiales citadas más abajo.

Preguntas frecuentes

¿Hay que registrar un dron de menos de 250 g?

Sí, en la inmensa mayoría de los casos. En cuanto el dron lleva una cámara o un sensor, el registro del operador es obligatorio, incluso por debajo de 250 g. Solo un juguete auténtico sin cámara está exento. El organismo ante el que registrarse depende de su país de residencia.

¿Hace falta formación o un «carnet» para volar un dron de menos de 250 g?

No. En la subcategoría A1 con un dron C0 o un aparato sin marcado de clase de menos de 250 g, no es obligatoria ninguna formación ni examen. La formación en línea gratuita sigue siendo muy recomendable.

¿Necesita mi dron de menos de 250 g identificación a distancia?

No. La identificación directa a distancia no se exige en la clase C0. Algunos países añaden, en cambio, sus propias obligaciones de señalización electrónica a partir de un umbral de masa: véase la tabla de particularidades nacionales.

¿Cuál es la diferencia entre un dron C0 y uno sin marcado de clase?

El C0 lleva el marcado de clase europeo. El aparato sin marcar no: puede volar en A1 por debajo de 250 g, pero solo si fue construido para uso propio o comercializado antes del 1 de enero de 2024.

¿Puedo volar de noche con un dron de menos de 250 g?

Depende del país. El reglamento europeo no lo prohíbe como tal, pero algunos Estados lo prohíben en categoría abierta mientras que otros lo permiten con requisitos de iluminación. Compruebe la regla del país en el que vuela.

¿Puedo llevarme el dron a otro país de la Unión?

Sí: el marco es europeo, y su registro de operador y su formación son válidos en toda la Unión. Pero las particularidades nacionales (vuelo nocturno, seguro, edad mínima, zonas) son las del país donde vuela.

Fuentes

Fuentes nacionales

Información orientativa: consulte las fuentes oficiales antes de cada vuelo.

Compruebe ahora su caso concreto

Esta guía explica el marco general. Para conocer SUS obligaciones exactas, use la calculadora.

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